¿Qué implica que el Tribunal Supremo haya tumbado el recurso del Ayuntamiento de Madrid sobre la zona de bajas emisiones (ZBE)?

¿Qué implica que el Tribunal Supremo haya tumbado el recurso del Ayuntamiento de Madrid sobre la zona de bajas emisiones (ZBE)?

La zona de bajas emisiones (ZBE) de Madrid sigue vigente, pero su diseño jurídico ha sufrido un golpe importante: el TSJ de Madrid anuló parcialmente la ordenanza que la regulaba y el Tribunal Supremo ha confirmado esa anulación al inadmitir el recurso del Ayuntamiento. 

Qué es la ZBE de Madrid y por qué es obligatoria

La ZBE es un área del municipio donde se restringe progresivamente el acceso de vehículos más contaminantes, en cumplimiento de la normativa estatal y europea de calidad del aire y cambio climático. La ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid (modificada por la Ordenanza 10/2021, conocida como “Madrid 360”) extendió la ZBE a todo el término municipal y creó dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección: Distrito Centro y Plaza Elíptica. 

Estas zonas no son una “ocurrencia” aislada de Madrid, sino una exigencia de la Ley de Cambio Climático y de las directivas europeas, que obligan a los grandes municipios a implantar ZBE. Por eso, el debate judicial no se centra en si puede haber zonas de bajas emisiones, sino en cómo se han diseñado y justificado en este caso concreto de la capital. 

La respuesta normativa del legislador fue rápida: en cuestión de días se aprobaron sucesivos reales decretos-ley —el RDL 6/2024, de 5 de noviembre, el RDL 7/2024, de 11 de noviembre, y el RDL 8/2024, de 28 de noviembre— que articularon un régimen de exenciones fiscales de carácter excepcional.

 Sin embargo, y pese a las declaraciones públicas de los distintos niveles de la Administración, la realidad jurídica es más matizada de lo que pudiera parecer: no todas las ayudas percibidas tienen el mismo tratamiento fiscal. La campaña del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal exige, por tanto, un análisis detenido sobre qué debe declararse y qué no.

La sentencia del TSJ de Madrid: qué anula y por qué.

En septiembre de 2024, la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó parcialmente un recurso interpuesto por Vox contra la Ordenanza 10/2021 de Movilidad Sostenible. El TSJ no tumbó toda la ordenanza, pero sí varios preceptos clave relativos a la delimitación y funcionamiento de la ZBE. 

En concreto, el tribunal anuló los artículos que:

  • Definen y delimitan el ámbito de la ZBE en todo el municipio de Madrid. 
  • Establecen las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Distrito Centro y Plaza Elíptica. 

El resto de la ordenanza quedó en pie, incluida la regulación general de movilidad y las referencias genéricas a futuras ZBE, siempre que se implanten mediante instrumentos jurídicos válidos. 

Fundamentos: informes económicos y ambientales insuficientes.

La clave de la sentencia está en el déficit de motivación e informes que acompañaron la aprobación de la ordenanza:

  • El TSJ aprecia una “patente insuficiencia” del informe de impacto económico, al no valorar adecuadamente los efectos de las restricciones sobre vecinos, comerciantes y empresas. 
  • Entiende que no se realiza una ponderación real entre los beneficios ambientales y los costes económicos y sociales de la medida. 
  • Señala además deficiencias en el informe ambiental, que no analiza alternativas menos restrictivas que pudieran lograr resultados similares. 

Es decir, el TSJ no niega la legitimidad del objetivo (proteger el medio ambiente y la salud), pero considera que el Ayuntamiento no acreditó con suficiente detalle que el diseño concreto de la ZBE fuera proporcionado y económicamente justificado. 

El Tribunal Supremo: inadmisión del recurso y firmeza de la anulación.

El Ayuntamiento de Madrid recurrió en casación la sentencia del TSJ ante el Tribunal Supremo, intentando salvar la ordenanza en lo relativo a la ZBE. Sin embargo, la Sección Primera de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo ha inadmitido el recurso mediante auto de 20 de abril de 2026, lo que equivale a confirmar la decisión del TSJ. 

El Supremo razona, en síntesis, que:

  • El recurso se limita a discrepar de la valoración de la prueba y de la ponderación efectuada por el TSJ sobre los informes económicos y ambientales. 
  • No se aprecia “interés casacional objetivo” que justifique un pronunciamiento de fondo, porque la controversia se mueve en el terreno de los hechos y no en la interpretación de normas con proyección general. 

Al inadmitirse el recurso, la sentencia del TSJ de Madrid deviene firme y se mantiene la anulación de los artículos que definían la ZBE municipal y las ZBEDEP de Centro y Plaza Elíptica en la Ordenanza 10/2021. 

¿Desaparece la zona de bajas emisiones en la práctica?

Pese al impacto mediático (“la Justicia anula la ZBE de Madrid”), la situación real es más matizada. El propio Supremo no cuestiona la legalidad de las zonas de bajas emisiones como instrumento, sino solo la forma en que se implantaron en la ordenanza recurrida. 

Además, el Ayuntamiento de Madrid aprobó en marzo de 2026 una nueva ordenanza de movilidad con informes económicos y ambientales actualizados, precisamente para blindar jurídicamente las restricciones y adaptarlas a las exigencias del TSJ. Esto hace que la anulación de la anterior regulación tenga un efecto práctico limitado sobre el funcionamiento inmediato de la ZBE. 

De hecho, distintos medios apuntan a que:

  • Las restricciones siguen aplicándose bajo el paraguas de la nueva ordenanza. 
  • Lo que queda “tocada” es la normativa previa (Madrid 360), no la existencia misma de una ZBE, que viene impuesta por la legislación estatal. 

Eso sí, se abre el debate sobre posibles efectos económicos, como la devolución de sanciones impuestas al amparo de la ordenanza anulada, cuestión que se está analizando en vía contenciosa y podría alcanzar una cifra muy elevada. 

Esta tensión, sin embargo, quedó resuelta. El Gobierno de España dejó finalmente exentas de tributación las ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana a las personas y empresas afectadas por la DANA de octubre de 2024, con aplicación al IRPF, al Impuesto sobre el Patrimonio y al Impuesto sobre Sociedades. En concreto, la medida afecta a las ayudas reguladas en el Decreto 172/2024 del Pleno del Consell, destinadas al mantenimiento del empleo y la reactivación económica de empresas, y en el Decreto 176/2024, dirigidas a personas trabajadoras autónomas de las zonas afectadas.

V. Ayudas que sí tributan: el Plan Reinicia Auto+ y las ayudas priClaves prácticas e implicaciones jurídicas. vadas.

Para quienes circulan o litigan en Madrid, hay varias ideas esenciales que conviene retener:

  • La ZBE seguirá siendo obligatoria: la Ley de Cambio Climático exige su implantación en grandes ciudades, y Madrid ya ha aprobado una nueva ordenanza para cumplirla con mayor respaldo técnico. 
  • Lo que se cuestiona es el procedimiento y la motivación: el TSJ y el Supremo exigen informes económicos y ambientales robustos, que ponderen proporcionalmente el impacto en residentes y actividad económica. 
  • La sentencia puede abrir la puerta a recurrir determinadas multas impuestas al amparo de los preceptos anulados, especialmente en el periodo cubierto por la ordenanza 10/2021 y antes de la nueva regulación. 
  • A futuro, otros municipios con ZBE tendrán que extremar el cuidado en sus memorias de impacto y alternativas, porque la doctrina del TSJ de Madrid y la posición del Supremo actúan como advertencia: no basta con invocar el medio ambiente, hay que justificar cada restricción con datos y análisis. 

En el plano político y social, la controversia refuerza la idea de que las políticas ambientales urbanas deben diseñarse con mayor transparencia, participación y rigor técnico, combinando la protección de la salud y del clima con la viabilidad económica de comercios, autónomos y residentes. Madrid se convierte así en un laboratorio jurídico de las ZBE en España, donde los tribunales están marcando el listón mínimo de calidad normativa que los ayuntamientos deberán respetar.